Ayer se me acabó el espacio cuando les comentaba la solicitud de la 18ª Fiscalía Penal, la cual demanda nueve meses de prisión preventiva para Luis Fernando Figari, Virgilio Levaggi, Jeffery Daniels y Daniel Murguía, así como comparecencia restringida para Ricardo Treneman y Óscar Tokumura. Y en el camino, entre ayer y hoy, he escuchado al insufrible abogado de Figari, Armando Lengua, que, en mi opinión, puede meterse sus pareceres de alquiler por donde le quepa. Y me van a disculpar, pero el defensor de Figari ha maltratado y revictimizado a varios denunciantes, manipulando la realidad y poniéndose del lado del impresentable y descarado sátrapa.

 

Pero volviendo a la investigación fiscal de María León Pizarro. A diferencia del informe esperpéntico de la fiscal Peralta Ramírez, este concluye lo evidente. La captación de jóvenes en edad escolar. El apartamiento malicioso de las familias. Las notables coincidencias entre exsodálites de diferentes épocas y que no se conocen entre sí, respecto de los abusos de poder y los maltratos físicos y psicológicos. El encubrimiento de las violaciones sexuales de Jeffery Daniels. Las agresiones físicas y la violencia psicológica que estampó Óscar Tokumura a sus subordinados. Y así.

 

“Se ha establecido preliminarmente que Luis Fernando Figari instauró de manera dolosa al interior del Sodalicio de Vida Cristiana un sistema de abusos de índole físico, psicológico e incluso de tipo sexual, que tenía por finalidad doblegar la autoestima, la voluntad y los proyectos de vida de sus víctimas”, apunta el expediente.

 

Y más adelante, a diferencia de lo que hizo la devota Peralta, la fiscal León reconoce el valor de las pericias practicadas a los denunciantes, entre los que se encuentra el arriba firmante. “Las pericias (…) han determinado la existencia de indicios razonables del delito de lesiones psicológicas graves”, apunta.

 

Reivindica, asimismo, la investigación periodística Mitad monjes, mitad soldados, que la fiscal Peralta jamás leyó. Y de igual forma, le da su lugar y peso específico a la importantísima labor cumplida por la Comisión de Ética para la Justicia y la Reconciliación, que estableció la existencia de una cultura interna basada en el abuso y la discriminación y el racismo.

 

Y es que, oigan. No hubo nada más falso y sublevante que las conclusiones de la fiscal anterior, que, si me preguntan, deberían expectorarla del ministerio público y rogarle que siga los pasos de su hermana, la misionera en el África. Porque como fiscal, la indolencia no puede ser un atributo. Y la incompetencia, que era como una de sus marcas de nacimiento, tampoco puede exhibirse por las oficinas en donde se supone debe defenderse la legalidad e investigar el delito.

 

De cualquier modo, hay algunas cosas que no me cuadran de la resolución que comentamos. Por ejemplo, que Daniel Murguía, quien es el único que pagó por lo que hizo, esté en peor posición que otros que están pasando piolaza. Como Jaime Baertl. O como Eduardo Regal. O como Germán McKenzie. O como Erwin Scheuch. Todos ellos han sido abiertamente encubridores y cómplices del código del silencio instaurado en los compartimentos estancos creados por Figari -quien ahora tiene la sonrisa disecada- para tapar los crímenes sexuales que se cometían al interior de la organización.  

 

Tampoco estoy contento con la ausencia de reconocimiento del “secuestro mental”. Porque el “lavado cerebral”, o “el formateo”, o como quieran llamar a las técnicas usadas para convertirnos en fanáticos y en sectarios y en fundamentalistas y en intolerantes exaltados, capaces de dar nuestras vidas, o de matar (si acaso nos lo pedían), no está tipificado en el Código Penal.

 

“La materialidad del delito de secuestro consiste en imposibilitar a las víctimas su movilización o desplazamiento físico”, dice el escrito, ignorando la existencia de métodos de control mental orientados a anular la capacidad de discernimiento y el libre albedrío de las personas. No reconocer esto, en mi pequeña opinión, supone no comprender el fenómeno en toda su amplitud.

 

Si algo caracterizó al Sodalitium que yo conocí fue su talante talibán. 


Como sea. Si la figura del fanatismo no está prevista en el ordenamiento legal, ello no significa que no se dio entre los militantes del Sodalicio, pues ello facilitó los abusos psicológicos, físicos y sexuales, y los casos de esclavismo y servidumbre moderna que se produjeron al interior de esta “sociedad de vida apostólica”


Así que, ojo al dato. Hay un vacío legal que llenar. Como el de la figura de la prescripción, que beneficia al depredador sexual, y hasta ahora sigue vigente a vista y paciencia de los congresistas, que, dicho sea de paso, vienen haciéndose los cojudos con la Comisión Investigadora que aprobaron “por unanimidad”. 


Lo de siempre, es decir.