Podría demandar por daños y perjuicios al arzobispo sodálite José Antonio Eguren. Por todo el tiempo y dinero que me ha hecho perder durante cinco largos e intensos meses, entre diciembre del 2018 y abril del 2019, que no ha sido poca cosa. Podría hacerlo, reitero. Y le ganaría fácilmente, estoy seguro. Podría también denunciar a la desidiosa magistrada Judith Cueva Calle ante la Oficina de Control de la Magistratura debido a la estrafalaria sentencia que evacuó y terminó siendo un calco de los alegatos del histriónico y saltimbanqui abogado de Eguren. Pero no lo voy a hacer.

 

Me hubiese gustado, por cierto, continuar con la pelea legal hasta el final. Para dejar al descubierto, una vez más, la prepotencia con la que actúa el Sodalicio de Vida Cristiana (SVC) contra aquellos que considera son sus enemigos, o cuando quieren frenar a alguien que los señala con la verdad. Aunque creo que eso ha podido ser apreciado por la opinión pública gracias a la pendenciera querella de Eguren.

 

Como sea. La sentencia condenatoria contra mí, ahora ya no existe, como consecuencia del misterioso “desistimiento” de José Antonio Eguren. Dicha  resolución judicial fue descrita como “un torpedo contra la libertad de expresión”, por un editorial de El Comercio (24/4/19).  Pues como esgrimió dicho diario, sorprendía “la precaria motivación de la jueza al momento de sustentar el sentido de su fallo”.

 

“¿Cómo así lo dicho por el periodista termina siendo en sí punible? O, dicho de otro modo, ¿en qué momento los juicios de valor, por más ácidos que sean, dejan de ser lícitos en el Perú? (…) Preocupa, asimismo, que la jueza sostenga que las declaraciones de Salinas sobre el arzobispo en cuanto al rol que este tuvo en los abusos dentro del SVC y en la denuncia de tráfico de terrenos sean ‘simples rumores o meras invenciones`, amparándose en que, o bien no hubo denuncia contra el religioso en el Ministerio Público (en el segundo caso) o, si la hubo, esta fue archivada en dos instancias (en el primero). Así como al hecho de que en los dos informes de las comisiones investigadoras sobre el SVC tampoco se ha mencionado expresamente a Eguren. Y decimos que preocupa porque el hecho de que el señor Eguren haya sido librado de cualquier carga penal no lo exime de otros juicios o valoraciones que se puedan hacer de él en base a algunos hechos que lo rodean, como hace Salinas”, señala el decano de la prensa.

 

“El fallo también deja algunas preguntas sin responder. ¿Por qué Salinas ha resultado culpable si sus afirmaciones están sustentadas en reportajes o denuncias anteriores –es decir, un reporte fiel-? ¿Acaso es ilícito que él haya realizado inferencias lógicas o añadiera conclusiones propias de estos dichos? No nos lo dicen”, agrega El Comercio.

 

No fue el único medio de comunicación en pronunciarse sobre mi caso y el de mi colega y coautora de la investigación Mitad monjes, mitad soldados, todo hay que decirlo. También lo hicieron otros diarios locales, como La República, y periódicos como Perú21 y Correo que le dedicaron varias páginas al caso. O portales como La Mula, Ojo Público y Wayka, entre los que recuerdo en este momento. Lo propio hicieron diversas oenegés peruanas e internacionales e instituciones defensoras de los derechos humanos y de la libertad de expresión. Así como activistas en contra de la pederastia clerical. Así las cosas, aprovecho para expresar mi eterna gratitud y reconocimiento por la solidaridad y el interés de tantas personas y organizaciones frente a la persecución judicial que padecimos temporalmente Paola Ugaz y yo. Gracias infinitas.

 

Pero volviendo al tema. La reflexión más aguda y profunda y extensa sobre el caso la hizo la Clínica Jurídica de la Universidad del Pacífico, la que, en un informe de treinta y seis páginas, concluye nítidamente que ni Paola Ugaz ni el autor de estas líneas cometimos difamación.

 

El reporte técnico legal de la UP destaca, entre muchas cosas, que los tópicos abordados en mis columnas de opinión en La República o en mis posts de La Mula o en las entrevistas que di, donde opino sobre el sodálite Eguren, siempre estuvieron relacionadas con asuntos de interés público e involucraban a una figura pública y a una controvertida asociación religiosa, como es el Sodalicio de Vida Cristiana.

 

Este informe independiente desmenuza y desgrana y despelleja desde los pies hasta la cabeza el fallo condenatorio de la jueza piurana Judith Cueva Calle. Y, de paso, examina con lupa de entomólogo todas mis opiniones vertidas sobre José Antonio Eguren. Y este determina que hubo de mi parte el deber de diligencia (hay veracidad en los hechos que comento). En mis pareceres cuestionados por el prelado se aplica la doctrina del reporte fiel (he reproducido declaraciones e investigaciones de terceros: como fue en los casos que cito el documental de Al Jazeera y el libro del periodista Charlie Becerra). “Pedro Salinas se limita a reportar que existe una investigación y la fuente de esta investigación, cumpliendo con el deber de diligencia aplicable en este caso de reporte fiel”, anota la UP.

 

De otra parte, citando a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el particular, esta dice que: “Castigar a un periodista por asistir en la diseminación de las aseveraciones realizadas por otra persona amenazaría seriamente la contribución de la prensa en la discusión de temas de interés público”. El informe de la UP explica, asimismo, que las personas, en el marco de la libertad de opinión, pueden transmitir y difundir libremente sus ideas, pensamientos, juicios de valor u opiniones subjetivas “y por lo tanto no pueden estar sujetas a un test de veracidad”.

 

Finalmente concluye en que, “ninguna de las declaraciones emitidas por el periodista Pedro Eduardo Salinas Chacaltana en relación con el Arzobispo de Piura y Tumbes, José Antonio Eguren Anselmi, califica como difamatoria, y más bien, se encuentran protegidas por las libertades de información y opinión, reconocidas por la Constitución Política del Perú y la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

 

También destaca que, “las afirmaciones objetivas de Pedro Eduardo Salinas Chacaltana sobre el Arzobispo de Piura y Tumbes, José Antonio Eguren Anselmi, han estado correctamente sustentadas en :i) las investigaciones y corroboraciones apoyadas en múltiples fuentes sobre el rol jerárquico que el señor José Antonio Eguren Anselmi desempeñó al interior del SVC, y ii) el reporte fiel de investigaciones periodísticas de terceros sobre el involucramiento del señor José Antonio Eguren Anselmi con un caso de desalojo y tráfico de tierras en Piura”.

 

Y por último, dice: “Las expresiones subjetivas de Pedro Eduardo Salinas Chacaltana sobre el Arzobispo de Piura y Tumbes, José Antonio Eguren Anselmi, constituyen inferencias válidas o interpretaciones razonables sobre la responsabilidad moral del señor José Antonio Eguren Anselmi con relación a los hechos antes señalados. El carácter subjetivo de dichas opiniones y el interés público asociado al SVC y a un personaje público como el señor José Antonio Eguren Anselmi refuerzan el legítimo ejercicio de la libertad de opinión del señor Pedro Eduardo Salinas Chacaltana”.

 

Si me preguntan, el arriba firmante no tiene absolutamente nada que añadir.